El Montepío se creó como un organismo de carácter solidario entre los mineros del carbón de Asturias, con el fin de, con la ayuda de todos, beneficiar a los que por la escasa cuantía de sus pensiones más lo necesitaban. Para ello, se fijó una cuota mensual a cada afiliado consistente, para los trabajadores en activo en el descuento del 2% sobre salario normalizado de la categoría profesional, y para los pensionistas en el descuento del 2% del importe íntegro de la pensión, con cuyo montante se complementaban las pensiones de los mutualistas que no llegaban a unos mínimos preestablecidos. Además, y al entender que, en caso de producirse un sobrante económico, éste debería de repercutir en todos los afiliados, el Montepío acometió la compra del Balneario de Ledesma (Salamanca) y con posterioridad los apartamentos de Los Alcázares (Murcia), para disfrute de la totalidad del colectivo.
En el año 1992, y al evolucionar por el transcurso de los años la cuantía de las pensiones al alza, se planteó por parte del Montepío dos posibles alternativas: elevar los mínimos establecidos para el cobro de la prestación complementaria a la pensión, o bien que la parte del importe de las cuotas que excediese después del pago de prestaciones, retornase a todos los afiliados.
La Asamblea General del Montepío, como máximo órgano decisorio, adoptó la segunda alternativa, para la cual promovió el Plan de Pensiones Asociado del Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana para todos los mutualistas. En esta línea se aprobó asimismo que, de la cantidad que a cada afiliado se le descuenta mensualmente como cuota del Montepío, el 75% de la misma se le devolviese mediante aportaciones a su plan, y el 25% restante siguiese con su carácter solidario.
Una vez recibidas las autorizaciones necesarias al efecto, el Montepío de la Minería Asturiana como Entidad Promotora, la Caja de Asturias en calidad de Entidad Depositaria y Caser como Entidad Gestora, procedieron en el año 1993 a la apertura del Plan ingresando a cada partícipe las aportaciones individuales realizadas desde el 1-1-93, y remitiendo a cada uno de ellos el certificado de pertenencia al mismo, así como la correspondiente certificación a efectos de su declaración del IRPF.
A finales de 1999, movidos por la disposición transitoria decimotercera de la nueva Ley del IRPF que afectaba a los jubilados partícipes del Plan de Pensiones Montepío, y persiguiendo como siempre una opción que dispusiera el mayor número de ventajas y rentabilidad posible, se tomó la decisión, conjuntamente con las entidades anteriormente citadas, de trasladar con efectividad al 4-2-2000 los derechos consolidados de los partícipes jubilados a un nuevo producto denominado Seguro de Vida Plan de Jubilados del Montepío-Prima Única, cuya Entidad Aseguradora es Caser.
A partir del año 2000, los jubilados, los pensionistas que superen la edad de jubilación y los mutualistas que lo soliciten, podrán causar alta como asegurados de un producto similar al anterior denominado Seguro Colectivo de Vida de Prestaciones de Previsión Social a Prima Periódica.

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