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Artículo 18. Informe anual
Dentro del primer trimestre de cada año, el servicio de atención al mutualista presentará ante la comisión Regional del Montepío un informe explicativo del desarrollo de su función durante el ejercicio precedente, que habrá de tener el contenido mínimo siguiente:
Artículo 19. Resumen anual
El Servicio de Atención al Mutualista deberá redactar un resumen del informe anual, que se integrará en la memoria anual de la Mutualidad.
Artículo 20. Otros informes
El Servicio de Atención al Mutualista realizará cuantos informes adicionales que le pudiera solicitar la Comisión Regional de la Mutualidad.

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